lunes, 21 de septiembre de 2009

LA LEY 18.381: Los organismos públicos deben brindar la información que tengan




Periodistas de la región sureste del país profundizaron en los alcances de la ley 18.381 de acceso a la información pública, que a poco menos de un año de aprobada aún siugue siendo una herramienta poco utilziada por periodistas y ciudadanos.

En este marco, la delegación uruguaya del Banco Mundial, el Centro de acceso a la información pública, Cainfo; el periódico Centenario de Cardona y la Organización de la Prensa del Interior, OPI, organizaron una jornada en la Junta local de Cardona para explicar los alcances de la ley y las ventajas que significan para democratizar el acceso a la información que maneja el Estado uruguayo y cualquiera de las instituciones públicas.

Fueron panelistas el abogado Federico Soler por Cainfo; Valeria Bolla por la oficina de información pública del Banco Mundial; Laura Nahabetian, abogada integrante de la Unidad de Acceso a la Información Pública de Agesic, una dependencia de Presidencia de la República y Fabricio Scrollini, de Cainfo.
También participaron los periodistas David Rabinovih (semanario San José Hoy) y Sebastián Cáceres (periódico Centenario de Cardona), los dos medios del Interior que han utilizado esta herramienta y han debido llegar al reclamo en el Poder Judicial para que (en esos casos) la Intendencia o la Junta departamental correspondiente brindara la información que solicitaban.

Detallados informes

La jornada, planteó las formas de presentar solicitudes de información pública a cualquier repartición estatal, y la obligación legal que tienen (salvo por alguna excepción establecida en la misma ley) las dependencias públicas de brindar los datos solicitados.

Se brindaron detalles de la Ley y sus antecedentes por parte del abogado Federico Soler, quien detalló que “todos los ciudadanos de la República pueden solicitar información pública”, y que esto se ha convertido en una “muy buena herramienta para el trabajo de los periodistas en particular”, señalando que “se puede pedir todo tipo de información que esté en manos de los organismos públicos” sin que éstos puedan negarse a brindarla, aunque hay ciertas excepciones como datos referidos a la seguridad pública; la defensa nacional; algo que pueda menoscabar las relaciones internacionales; lo que pueda dañar la estabilidad financiera del país; poner en riesgo la vida o la dignidad humana; lo que suponga una pérdida de ventajas competitivas o dañar procesos de producción o desproteger descubrimientos científicos, tecnológicos o culturales.

Tampoco podrá pedirse información sobre personas particulares, aunque la tenga una repartición pública.

Tienen 20 días de plazo

Otro detalle, no menor, es que la información debe ser brindada gratuitamente, según el soporte en que se quiera (que eso debe pagarlo el solicitante) como fotocopias, discos compactos u otro formato.
La respuesta deberá ser brindada a los 20 días de solicitada, podrá haber un plazo extra a solicitud justificada y si no es entregada, el juez podrá obligar a ese organismo a entregarla.

La ley, de 32 artículos, fue explicada por los técnicos para los periodistas de esa zona del país, y participaron delegaciones de distintos departamentos.

Está previsto realizar una jornada similar en Paysandú en octubre, organizada localmente por el Círculo de la Prensa y para periodistas de Río Negro, Salto y Paysandú.

Artículo de E. Lima.

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